La Unión Europea ha revisado y actualizado los criterios para clasificar a las empresas como pequeñas, medianas o grandes a través de la Directiva Delegada (UE) 2023/2775 de la Comisión, emitida el 17 de octubre de 2023. Esta directiva modifica la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, ajustando así los parámetros de tamaño para las empresas y grupos.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2023-81879
Para su implementación en España, se publicó el 12 de abril de 2024 el Anteproyecto, que modifica los criterios de tamaño de las empresas o grupos de empresas en relación con la información corporativa.
Los nuevos límites se aplicarán a todos los ejercicios contables que se cierren después de la publicación en el BOE.
Se modifica el artículo 257 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
Balance y Memoria abreviados
Límites anteriores Nuevos límites
Activo neto 4.000.000 5.000.000
Cifra negocios 8.000.000 10.000.000
Número empleados 50 50
Cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada.
Límites anteriores Nuevos límites
Activo neto 11.400.000 11.400.000
Cifra negocios 22.800.000 22.800.000
Número empleados 250 250
Reforma del artículo 3 de la Ley 22/2015, del 20 de julio, sobre Auditoría de Cuentas (LEY 11987/2015) para actualizar las definiciones de entidades pequeñas y medianas.
Entidades pequeñas
Límites anteriores Nuevos límites
Activo neto 4.000.000 5.000.000
Cifra negocios 8.000.000 10.000.000
Número empleados 50 50
Entidades medianas.
Límites anteriores Nuevos límites
Activo neto 4 M. a 20 M. 5 M. a 25 M.
Cifra negocios 8 M. a 40 M. 10 M. a 50 M.
Número empleados 50 a 250 50 A 250
Se mantienen los límites para la auditoría obligatoria de cuentas.